Avenida cordoba 1500 | DLP0722

FICHA

  • Producto Oficina
  • Operación Alquiler
  • Barrio Recoleta
  • Despachos 4
  • Baños 3
  • Antigüedad 30 años
  • Estado Muy Bueno
  • Disposición Frente
  • Sup. Total 113,00 m2
  • Sup. Propia 113,00 m2
  • Sup. Cubierta 113,00 m2
  • Movilidad Reducida
  • Expensas 200000

$ 1.290.000

ALQUILER

Avenida cordoba 1500

Recoleta

OFICINA EN ALQUILER s/AV. CORDOBA y MONTEVIDEO Ubicada en un punto estrategico de la Ciudad, en los limites del Barrio Recoleta y San Nicolas, a solo 5´ de la Av. 9 de Julio y Cercano al Obelisco, nos encontramos con esta Oficina de 113m2 con salida al frente y contrafrente del edificio. Edificio unicamente de Oficinas, con encargado y seguridad. 2 ascensores, Palier Privado. Al ingresar nos encontramos con una amplia recepcion, que nos lleva al area de trabajo hacia el contrafrente y al sector de oficinas / despachos privados y Sala de reuniones al frente con vista a toda la Avenida Cordoba. doble ingreso para mayor seguridad. Baños de damas y caballeros compartimentados, (tres baños en total). Cocina Kitchnette. Pisos de alfombra en toda la unidad. Posibilidad de planta libre ya que las divisiones son en durlock. Se alquila sin el mobiliario. Ideal como Estudio profesional, depósito, Call Center, Consultorios, venta online. DISPONIBLE A PARTIR DEL 1/7/26 ALQUILER COMERCIAL: $1.290.000.- + GASTOS MENSUALES INCREMENTO TRIMESTRAL x ICL REQUISITOS: 1 MES DE ADELANTO, 1 MES DE DEPOSITO (en usd), INGRESOS COMPROBABLES, GARANTIA DE CABA, HONORARIOS PROFESIONALES (5% s/valor contrato), CERTIFICACION DE FIRMAS ANTE ESCRIBANO y SELLADO DEL CONTRATO. . AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los impuestos, tasas y facturas. Las medidas exactas surgirían de los planos aprobados y del título de propiedad. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. LEY Nº 5859 - Articulo. 4º: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY Nº 5115 C.A.B.A.: Artículo 1°.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Artículo 2°.- Los avisos mencionados en el articulo 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible" Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- La presente Ley entrara en vigencia a los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 5°.- Comuníquese, etc. "La Publicación de este Inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la Propiedad está supeditada a que el Propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n° de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general nro. 2371 de AFIP." Matricula CUCICBA Nº 6354


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 200000

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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Matriculado responsable : David Levy - Matricula CUCICBA Nº 6354.

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